El necesario ejemplo de Chile en Reducción de Emisiones, por Gabriel Araya

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    Recientemente el Instituto Libertad y Desarrollo publicó un documento titulado “Chile se autodesafía ante el cambio climático”, en que aborda el contenido del Anteproyecto de la Contribución Nacional Determinada (INDC, por sus siglas en inglés), en el contexto de los compromisos adoptados por el país tras la COP de Durbán, el 2011. El documento, a pesar de resumir de manera acertada la INDC, descontextualiza el escenario en el cual dicho proceso se inscribe y sus conclusiones se apartan de lo que ha sido el devenir de la política climática nacional e internacional.

    En relación al contenido del texto, en primer lugar es necesario indicar que es inefectivo que la INDC vaya a ser presentada a la comunidad internacional en marzo, sino que tendrá lugar en junio, tras un proceso de participación, en el que cualquier interesado podrá expresar sus opiniones respecto del anteproyecto.

    En seguida, la lectura de los resultados obtenidos en Lima (COP20) es sesgada. El acuerdo superó con creces el escepticismo planteado en el documento de Libertad y Desarrollo, en el cual se omiten, por ejemplo, los consensos logrados en relación con el tratamiento de la adaptación, el mecanismo de pérdidas y daños, etc.

    especto a las emisiones, si bien es cierto que Chile emite relativamente poco en términos absolutos, sí lo hace per cápita y, además, la tendencia de crecimiento de las emisiones de nuestro país es mayor a la media de la OCDE, lo que exige el despliegue de acciones de parte del Estado.

    El documento contiene afirmaciones que carecen de justificación, por ejemplo, que “las metas sugeridas no tendrían otra explicación que querer cumplir con el compromiso que Chile adquirió en forma voluntaria (e infundada) en materia de reducción de emisiones en el pasado (20% al 2020)”. Lo anterior no se ajusta a los hechos, en tanto la mitigación es apenas uno de los cinco aspectos que componen el anteproyecto de la INDC, desconociéndose el esfuerzo respecto de los demás temas; y por cuanto la INDC, en materia de mitigación, tendría efectos a partir de 2020, es decir, exactamente después del compromiso del 20/20 al que alude.

    Libertad y Desarrollo afirma que “el país podría quedar sujeto a sanciones por incumplimiento” si el compromiso que adquiera llega a ser vinculante. Desde sus inicios el régimen internacional de cambio climático se ha apartado de imponer sanciones por incumplimiento –de ahí, por ejemplo, la vaguedad de las sanciones que contempla el Protocolo de Kioto–, por lo cual esta alternativa es más que poco probable. La propia terminología utilizada, de “compromisos” en lugar de “obligaciones”, responde a dicha concepción.

    Finalmente, una lectura detenida del documento da cuenta de un tratamiento del problema en términos condicionales (“el país podría…”) y sin presentar justificación de los temores que levanta, lo cual no se condice con la seriedad e importancia que este desafío supone. En este sentido, el llamado es a participar del debate desde una perspectiva acorde al desafío y que promueva la participación de la ciudadanía. Comprometernos a reducir emisiones no coarta nuestro desarrollo y crecimiento. A nivel mundial, es imprescindible y Chile actúa con liderazgo.

    http://www.elmostrador.cl/opinion/2015/02/04/el-necesario-ejemplo-de-chile-en-reduccion-de-emisiones/