«Ciencia y acción climática en la nueva Constitución» por Marco Billi, Gabriela Azócar, Roxana Bórquez, Antoine Maillet y Pilar Moraga

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    Columna de opinión escrita por los/as investigadores/as (CR)2 Marco Billi, Gabriela Azócar, Roxana Bórquez, Antoine Maillet y Pilar Moraga. Publicada en CIPER Chile.

    Sobre la crisis medioambiental, la ciencia puede no sólo entregar una contundente voz de alerta sino también proponer vías de análisis y solución que orienten la toma de decisiones. Integrantes del Centro de Ciencia del Clima y la Resiliencia (CR)2 comparten en esta columna para CIPER su diagnóstico y propuestas sobre el tema, desde una convicción adaptada al proceso chileno en desarrollo: «La discusión sobre cambio climático y medioambiente debiese estar en el corazón del debate constitucional».

    La discusión sobre la nueva Constitución nos invita a pensar en el Chile del futuro, un país que deberá ser capaz de construir una sociedad más justa, inclusiva y digna, respondiendo a los desafíos que nos depara el siglo XXI. En el largo plazo la emergencia climática y ambiental que estamos experimentando es uno de los retos más complejos que nos tocará enfrentar, capaz de afectar nuestras vidas durante muchas décadas e incluso siglos: por esta razón, en 2020 fue declarado uno de los mayores riesgos a nivel global [1].

    La discusión sobre cambio climático y medioambiente debiese estar en el corazón del debate constitucional. Esto lo saben bien los 137 miembros de la Convención Constitucional (CC) que el pasado 4 de octubre firmaron en el pleno del órgano una declaración que inscribe a la nueva Carta Magna en el marco de la emergencia climática y ecológica [2]. La redacción del nuevo texto constitucional obliga a traducir en normas esta convicción transversal. Por eso, y basado en los conocimientos más avanzados que existen en esta materia, el Centro de Ciencia del Clima y la Resiliencia (CR)2, instituto de estudios de excelencia en materia de cambio climático y sus soluciones, ha propuesto una serie de recomendaciones para la nueva Constitución.

    Si bien el cambio climático ocurre constantemente alrededor nuestro, y sus causas y consecuencias se observan a todo nivel, no se trata de un fenómeno plenamente tangible. Algunas de sus manifestaciones no las captaremos por varias décadas más, lo que hace difícil entenderlo y explicarlo con claridad. Como ha sido el caso con muchos otros problemas ambientales, ha sido la ciencia la primera en levantar la voz de alerta: hace más de treinta años (1988) nace el Panel Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC), organismo donde han participado miles de científicos alrededor del mundo, recopilando evidencia científica sobre este fenómeno  y sus impactos con el fin de asesorar a tomadores de decisión y a la sociedad. El trabajo de estos investigadore/as ha sido clave para la firma de tratados internacionales al alero de la denominada Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), en los que se ha buscado alinear esfuerzos internacionales para hacerse cargo del fenómeno. Como varios otros países, Chile se ha empeñado en respetar estos acuerdos. Gracias a la evidencia que se ha ido acumulando al respecto, el cambio climático se ha convertido en un tema recurrente en nuestras conversaciones cotidianas, y aunque no  tengamos completa claridad sobre sus causas y manifestaciones, todos hemos evidenciado eventos climáticos cada vez más extremos, los que han sido recurrentes en nuestro país en los últimos años.

    En esta columna, ofrecemos un breve resumen de la ciencia detrás del cambio climático, para luego mirar lo que ésta nos dice sobre la capacidad de nuestras instituciones para hacer frente al problema, y las recomendaciones que nos ofrece para el actual debate constitucional.

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    El cambio climático se debe a la gradual acumulación en la atmósfera de Gases Efecto Invernadero (GEI), como el dióxido de carbono (CO2), los que provocan que el calor emitido por la Tierra hacia el espacio quede atrapado en nuestro planeta, generando gradualmente su calentamiento. Es por ello que el cambio climático se conoce también como ‘calentamiento global’. Estos gases provienen en gran parte de la quema de combustibles fósiles como fuente de energía, pero también de actividades agrícolas, ganaderas e industriales, así como de la generación y descomposición de la basura [3]. Otro factor que contribuye al cambio climático es la pérdida de vegetación nativa que cumple la función de procesamiento natural de estos gases.

    Las manifestaciones del calentamiento global son evidentes en fenómenos cada vez más recurrentes en Chile, tales como el aumento de la temperatura, cambios en la frecuencia e intensidad de lluvias, sequías, incendios, inundaciones, olas de calor extremo e invasión de plagas y especies exóticas. Estos conllevan riesgos significativos para la salud y bienestar de la población, los ecosistemas y las actividades productivas. La evidencia científica muestra que nuestro país es altamente vulnerable a este tipo de riesgos [4], los que además tienden a afectar de manera más aguda a los grupos más vulnerables,  incrementando con ello la desigualdad que ya existe.

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    Es necesario incrementar de manera urgente nuestros esfuerzos por combatir el cambio climático. Por un lado, esto supone reducir los gases que emitimos a la atmósfera. Esta es una tarea urgente, porque cuanto más esperamos más expuestos nos encontramos a consecuencias potencialmente catastróficas [5]. Por otro lado, si consideramos que muchos de estos impactos negativos ya están ocurriendo, es necesario también aumentar la capacidad de nuestras sociedades de adaptarse a los cambios climáticos actuales y futuros; es decir, su habilidad de anticiparse a éstos, recuperarse de sus impactos y aprender de ellos [6]. Todo esto requiere mecanismos adecuados de coordinación social, toma de decisiones, y generación de evidencia que informe estas medidas. A su vez nos lleva a la necesidad de reflexionar sobre si acaso la manera en que tradicionalmente se han organizado nuestras sociedades para gestionar los problemas ambientales —lo que se conoce como su «gobernanza»— es actualmente adecuada para enfrentar los desafíos que el avance del calentamiento global nos impone [8].

    Al respecto, la evidencia [9,10] muestra que el modelo de gobernanza que rige en Chile no se ajusta a lo requerido para enfrentar el cambio climático. En esta prima una comprensión limitada de la naturaleza como recurso a ser explotado, visión que obstaculiza la conservación de los ecosistemas y los servicios que proveen a la sociedad. Junto con esto, la gestión del medio ambiente suele estar fragmentada en diversas instituciones que no siempre se coordinan entre sí. La revisión de proyectos productivos nuevos se analiza caso a caso, sin considerar su efecto agregado; por ejemplo, es posible que dos actividades productivas que por separado cumplen con las leyes ambientales del país, al estar emplazadas en el mismo territorio, traspasen la «capacidad de carga» del mismo, generando severos impactos. A ello se suma que nuestra normativa permite una distribución injusta de los efectos negativos de actividades industriales y productivas, algo que resulta evidente en las llamadas «zonas de sacrificio», como Quintero y Puchuncaví. Asimismo, una excesiva centralización en la toma de decisiones junto con mecanismos limitados de participación, se traduce en una invisibilización de las características y necesidades particulares de cada territorio y sus comunidades. Finalmente, algo muy característico de nuestra gobernanza actual es la tendencia a reaccionar ante desastres e impactos climáticos sólo cuando estos ya han ocurrido, lo que es notorio en la forma en que se ha manejado la megasequía que nos acompaña desde hace más de una década.

    Todo lo previo se combina con significativos límites en la disponibilidad y uso de información en la toma de decisiones. Tal como dijimos, el cambio climático es un problema complejo, que requiere datos adecuados para tomar las medidas más efectivas, y monitorear su efectividad. Estos datos deben ser de público acceso, para fomentar la participación en las decisiones y la transparencia de las mismas. La evidencia científica debe además combinarse con los conocimientos y sabiduría local, que a menudo son fundamentales para construir la capacidad de adaptarnos a los riesgos climáticos. Lamentablemente, la actual institucionalidad no favorece ni la generación y uso de datos, ni la participación pública ni la transparencia.

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    Nuestra propuesta en (CR)2 busca situar como eje central de la gobernanza climática lo que llamamos «acción climática justa». Esta implica reconocer la necesidad de transformar de manera progresiva nuestra relación con el medioambiente para promover la mitigación y adaptación al cambio climático. Con ello se espera avanzar hacia trayectorias de desarrollo más justas, equitativas y solidarias, en pro de las generaciones tanto presentes como futuras [12].

    Para lograrlo consideramos que la Constitución debiese incluir:

    • Nuevos principios: el enfoque anticipatorio, que impone actuar siempre con prudencia y proactividad para prevenir riesgos climáticos futuros; el enfoque territorial y socio-ecosistémico, que significa promover una gestión más descentralizada y coordinada del medio ambiente, que trate la naturaleza como un todo; el principio de una buena administración, que supone asegurar que las decisiones en torno al medioambiente tomen en cuenta las recomendaciones de la ciencia y los conocimientos locales, y que en ellas se asegure una participación efectiva, inclusiva e informada de todas las personas;
    • Nuevos derechos: el derecho a un medio ambiente sano, que significa conservar nuestros ecosistemas previniendo la contaminación y destrucción de la naturaleza; el derecho humano al agua, que asegure agua y servicios de saneamiento suficientes, de calidad y asequibles para todos y todas; el derecho a la energía, que nos permita satisfacer todas nuestras necesidades energéticas de manera limpia, segura, sin impactar excesivamente en los recursos económicos de cada hogar;
    • Nuevos deberes: el Estado deberá promover la mitigación y adaptación al cambio climático y la conservación de la naturaleza; los privados, deberán contribuir a estos objetivos en función de los impactos ecológicos que produzcan sus actividades (lo que se conoce también como el principio de que quien contamina paga);
    • Nuevos instrumentos: una gestión integrada y coordinada de todos los procesos ecológicos que ocurren al interior de cada territorio; unidades de gestión territorial cuyos límites se fijen por criterios socioecológicos, tales como los de las cuencas hidrológicas; mecanismos de protección especial para aquellos ecosistemas que por sus particulares características nos pueden ayudar a mitigar y adaptarnos al cambio climático (por ejemplo, glaciares, humedales, manglares entre otros); atribuciones y recursos especiales que permitan a las autoridades regionales y locales responder oportunamente ante emergencias climáticas.

    Para todo lo anterior es esencial asegurar la creación de mecanismos que favorezcan la disponibilidad y acceso a la información, el uso de esta en la toma de decisión, y la transparencia y rendición de cuentas ante la población. Esto supone garantizar un derecho a la participación efectiva en la toma de decisiones ambientales de todas las personas y grupos sociales en igualdad de condiciones, considerando la diversidad cultural, étnica, territorial y de género.

    Estas recomendaciones resuenan con las avanzadas por numerosas organizaciones, tanto académicas como de la sociedad civil, que demandan un compromiso sólido y robusto de la nueva Constitución con la emergencia climática y ecológica que enfrentamos. Las transformaciones asociadas a estas propuestas no suponen renunciar a una sociedad más digna, equitativa e inclusiva. Muy por el contrario, afirman que solo será posible perseguir una mejor vida en comunidad si nos hacemos cargo con responsabilidad de lo que el futuro nos depara. Abordar el cambio climático nos abre la oportunidad para repensar nuestro modelo de sociedad y desarrollo hacia uno que sea más justo, sostenible y resiliente, para el bienestar tanto de las generaciones presentes como de las futuras.

    REFERENCIAS:

    [1] WEF, World Economic Forum. The Global Risks Report, 2020. weforum.org.

    [2] Declaración Emergencia Climática. 27a Sesión Ordinaria de la Convención Constitucional, 4 octubre 2021. https://sala.cconstituyente.cl/

    [3] «Our World in Data. Emissions by Sector» (2021). [disponible online]

    [4] PICA-TÉLLEZ, A. et al. (2020). Informe Proyecto «ARClim: Atlas de Riesgos Climáticos para Chile». Centro de Ciencia del Clima y la Resiliencia, Centro de Cambio Global UC y Meteodata para el Ministerio del Medio Ambiente a través de La Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit (GIZ). Santiago, Chile. [disponible online]

    [5] IPCC (2021). «Climate Change 2021: The Physical Science Basis. Contribution of Working Group I to the Sixth Assessment Report of the Intergovernmental Panel on Climate Change» (Cambridge University Press). [disponible online]

    [6] UNEP (2021). «Adaptation Gap Report 2020», United Nations Environment Programme (UNEP) (Nairobi, Kenya). [disponible online]

    [7] SALGADO, M. y Aldunce, P. (2020). «Marco teórico de Transformación: Cómo nos transformamos para responder a los crecientes impactos del cambio climático». [disponible online]

    [8] IPCC 2018. «Global Warming of 1.5°C. An IPCC Special Report on the impacts of global warming of 1.5°C». [disponible online]

    [9] BILLI, M. y MORAGA, P. (2021). Boletín N°2 Nueva Constitución chilena y cambio climático | Gobernanza Climática de los Elementos: Una propuesta frente a la actual institucionalidad nacional del cambio climático. [disponible online]

    [10] BILLI, M., MORAGA, P., ALISTE, E., MAILLET, A., O’RYAN, R., SAPIAINS, R., BÓRQUEZ, R. et al. (2021). Gobernanza Climática de los Elementos. Hacia una gobernanza climática del agua, el aire, el fuego y la tierra en Chile, integrada, anticipatoria, socio-ecosistémica y fundada en evidencia. Centro de Ciencia del Clima y la Resiliencia (CR)2, (ANID/FONDAP/15110009), 69 pp. [disponible online]

    [11] Gobierno de Chile (2020). Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC) de Chile. Actualización 2020. [disponible online]

    [12] BILLI, M. et al. (2021). Boletín especial N° 1. Cambio climático y nueva Constitución. [disponible online]