«Biodiversidad y Áreas Protegidas en Chile» por Mauricio Osses (MedioDirecto)

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    Por: Mauricio Osses, Departamento Ingeniería Mecánica. Universidad Técnica Federico Santa María e investigador CR2

    Este 11 de noviembre se celebró por primera vez en Chile el Día Nacional de las Áreas Protegidas, orientado a celebrar y reflexionar sobre la importancia de la preservación de la naturaleza. Esta fecha se conmemorará anualmente el segundo sábado de noviembre.

    La iniciativa ocurre en un contexto particularmente importante ya que, después de nueve años de discusión, se promulgó la Ley Nº 21.600, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

    Chile cuenta con 101 unidades protegidas, que alcanzan 18,6 millones de hectáreas, es decir, el 21% del territorio nacional e incluye 41 parques nacionales, 46 reservas nacionales y 18 monumentos naturales. Esta política pública, conocida como Ley SBAP, tiene por objeto la conservación de la diversidad biológica y la protección del patrimonio natural del país, a través de la preservación, restauración y uso sustentable de genes, especies y ecosistemas.

    En la ceremonia de lanzamiento, realizada en el Cerro la Campana, la ministra Maisa Rojas, recalcó que la aprobación de esta iniciativa significará aumentar en casi un 58% el presupuesto anual destinado a la institucionalidad ambiental, potenciará la participación privada en la gestión de las áreas protegidas y duplicará la cantidad de guardaparques. La creación del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas considera el traspaso de todas las áreas protegidas administradas por CONAF al SBAP, junto con sus recursos financieros y de personal.

    La creación del Servicio de Biodiversidad es un avance enorme para Chile, no obstante, deja temas importantes por resolver. En cuanto a las concesiones sectoriales en áreas protegidas, el Ministerio del Medio Ambiente tuvo intención de prohibirlas, pero la propuesta no se aprobó y siguen vigentes las leyes previas.

    El artículo sexto de la Ley Nº21.600 establece que las concesiones o contratos que se hubieren adjudicado antes de la creación de un área protegida en espacios comprendidos en ellas continuarán vigentes al interior de éstas, hasta el momento que se efectúe su relocalización. En relación con las salmoneras, el año 2022 existía un total de 1.400 concesiones otorgadas, de las cuales 411 se ubican al interior de áreas que forman parte del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, 100 de las cuales estuvieron operativas el 2022.

    Es importante seguir avanzando hasta dejar sin exclusiones la prohibición de actividad industrial dentro de áreas protegidas, en particular el cultivo de especies exóticas a escala industrial como es la salmonicultura. El artículo 158, que fue rechazado, establecía que “las zonas lacustres, fluviales y marítimas que formen parte de reservas de región virgen, parques nacionales y monumentos naturales quedarán excluidas de toda actividad pesquera extractiva y de acuicultura”.